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La Comisión Interministerial de Profesiones Reguladas no se reúne desde hace más de un año

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Comisión Interministerial de Profesiones Reguladas

La Comisión Interministerial de Profesiones Reguladas (CIPRE) no se reúne desde marzo de 2021

En recientes fechas el Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía (CPITIA), solicitó a través del Portal de Transparencia que el Ministerio de Universidades informara sobre la actividad de la Comisión Interministerial de Profesiones Reguladas (CIPRE), y más concretamente, que indicaran desde marzo de 2021 las convocatorias emitidas, personas asistentes, orden del día y acuerdos adoptados.

Pues bien, sorprendentemente, dicha Comisión Interministerial de Profesiones Reguladas sólo se ha reunido una vez, el 15 de Marzo de 2021, con el siguiente orden del día:

  1. Objetivos de la Comisión Interministerial para la aplicación de la Directiva 2005/36/CE modificada por la Directiva 2013/55/CE. Exposición de la Copresidencia.
  2. Nombramiento de la/el responsable de la Secretar í a de la Comisión Interministerial.
  3. Información sobre la adscripción de la Comisión Interministerial al Ministerio de Universidades.
  4. Aprobación de las normas de funcionamiento de la Comisión interministerial.
  5. Resumen de situación y aprobación del plan de trabajo.
  6. Ruegos y preguntas.
  7. Aprobación del acta de la reunión

En una muestra más de opacidad, la Dirección General de Universidades, dirigida por José Manuel Pingarrón Cazarrón, no informó del contenido de los acuerdos adoptados en dicha reunión, pese ha haberlos solicitado expresamente.

Marco normativo de la Comisión CIPRE

El Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) n.º 1024/2012 relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado Interior (Reglamento IMI), regula en su artículo 81.4 la CIPRE:

“Artículo 81. Relación de profesiones reguladas en España.

[…]

4. Serán funciones de la Comisión Interministerial de Profesiones Reguladas:

a) Conocer de los informes respecto a las profesiones reguladas en España elaborados por cada una de las diferentes autoridades competentes españolas y, sobre su base, aprobar la lista de profesiones reguladas, así como sus actualizaciones posteriores.

b) Recibir un informe de seguimiento actualizado sobre las profesiones reguladas que hará referencia tanto los requisitos suprimidos o simplificados, como a los introducidos posteriormente, que será confeccionado conjuntamente por los Ministerios de Educación y Formación Profesional y de Universidades, en el ámbito de sus respectivas competencias, a partir de los informes justificativos de tales decisiones elaborados por las autoridades competentes en sus respectivos ámbitos de competencia y remitido cada dos años a la Comisión Europea por el Ministerio de Universidades.

c) Recibir e intercambiar información entre los distintos Departamentos ministeriales y otros órganos de la Administración General del Estado y, cuando proceda, de los órganos de las administraciones de las Comunidades Autónomas y de la Administración Local.

d) Las demás que se le atribuyan legal o reglamentariamente.

5. La Comisión Interministerial de Profesiones Reguladas se rige, además, por sus reglas de funcionamiento interno. Mediante resolución del Secretario General de Universidades podrá ordenarse la publicación de tales reglas en el “Boletín Oficial del Estado”.

El funcionamiento de la Comisión Interministerial de Profesiones Reguladas será atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios asignados a la Secretaría General de Universidades.”

En vista de la opacidad con la que actúa el Director General de Universidades y copresidente de la Comisión CIPRE, se requirió aportara el reglamento de funcionamiento interno de la Comisión Interministerial de Profesiones Reguladas, dado que no lo ha querido publicar en el BOE.

Dicho reglamento especifica que la Comisión CIPRE deberá reunirse al menos dos veces al año, lo que ha quedado demostrado que no se está cumpliendo.

José Manuel Pingarrón está emitiendo informes a Bruselas de forma unilateral

Esta circunstancia es especialmente grave, toda vez que desde España se están remitiendo alegaciones frente a denuncia interpuesta por CPITIA ante la Comisión Europea con motivo del proceso de revisión y actualización de la lista de profesiones reguladas en España.

Así, CPITIA ha demostrado que todo lo que desde el Gobierno de España se esté trasladando a la Comisión Europea respecto al listado de profesiones reguladas en España no proviene del órgano colegiado legalmente colegiado, esto es, la Comisión Interministerial de Profesiones Reguladas.

Existen pues, fundadas sospechas de que todo lo aportado y alegado por España alrededor es la postura personal y discreccional de D. José Manuel Pingarrón Cazarrón, Director General de Universidades, que no contaría con respaldo alguno de los órganos legamente competentes, extralimitándose claramente en sus funciones.

En virtud de tan graves sucesos se ha procedido a solicitar a la Comisión Europea que remita a CPITIA copias de todos los documentos alegados desde España, con el fin de que podamos comprobar si, tal y como sospechamos, todos ellos han sido firmados por el Sr. Pingarrón sin que hayan sido ni aprobados ni debatidos por la Comisión Interministerial de las Profesiones Reguladas

CPITIA no se hace responsable de posibles perjuicios a otras profesiones

Desde CPITIA se está acreditando documentalmente, no sin perplejidad, la absoluta chapuza que está siendo el proceso de actualización y revisión del listado de profesiones reguladas en España, habiéndole señalado a Bruselas incluso profesiones que figurando en la lista, el Ministerio competente niega que existan siquiera, o aplicando las mismas normas de distintas formas según de qué profesiones se trate.

Desde esta Corporación estamos dispuestos a llegar hasta donde haga falta para depurar responsabilidades por el la tremenda inseguridad jurídica que el Sr. Pingarrón Cazarrón, al margen de los órganos competentes, le esta creando a la profesión de ingeniería técnica en informática. Fruto de ello es muy posible que todo este proceso termine en los tribunales de justicia, pudiendo afectar a otras muchas profesiones.

«Desde el Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía declinamos toda responsabilidad respecto a los perjuicios para el espacio profesional español que puedan derivarse de este asunto, responsabilizando directamente a D. José Manuel Pingarrón Cazarrón, que está actuando al margen de la propia Comisión Interministerial de las Profesiones Reguladas, que no convoca ni somete nada a su aprobación. El Sr. Pingarrón está provocando una terrible inseguridad jurídica, aplicando normas profesionales comunes de forma distinta según de qué profesiones se trate, lo que no es de recibo. Se exigirán responsabilidades por todo este asunto donde correspondan» – señala Pedro De La Torre, Decano del CPITIA.