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Junta de Andalucía reconoce la obligatoriedad de colegiación para ejercer la ingeniería técnica informática en territorio andaluz, a través de una Orden de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública recientemente publicada en el BOJA.
Obligatoriedad de colegiación frente a inseguridad jurídica del Gobierno
El pasado 17 de junio de 2022, D. Pedro José de la Torre Rodríguez, en su calidad de Decano del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía, solicitó la aprobación definitiva de la modificación del artículo 4.2 de los Estatutos de este Colegio Profesional Oficial, consistente en reflejar expresamente la obligatoriedad de colegiación para el ejercicio de la ingeniería técnica informática en Andalucía
Dicha modificación pretendía minimizar en lo posible la inseguridad jurídica creada por la negativa del Gobierno de España a cumplir lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio:
“En el plazo máximo de doce meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, remitirá a las Cortes Generales un Proyecto de Ley que determine las profesiones para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación.
Dicho Proyecto deberá prever la continuidad de la obligación de colegiación en aquellos casos y supuestos de ejercicio en que se fundamente como instrumento eficiente de control del ejercicio profesional para la mejor defensa de los destinatarios de los servicios y en aquellas actividades en que puedan verse afectadas, de manera grave y directa, materias de especial interés público, como pueden ser la protección de la salud y de la integridad física o de la seguridad personal o jurídica de las personas físicas.
Hasta la entrada en vigor de la mencionada Ley se mantendrán las obligaciones de colegiación vigentes.”
Debido a ello, una situación transitoria que no debió superar los 12 meses, supera ya los 14 años de duración, comprometiendo la competitividad de las profesionales colegiadas en general, y de las ingenierías en particular.
CPITIA adaptó sus estatutos a la Ley Ómnibus que incumple el Gobierno
El Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática adaptó sus estatutos en tiempo y forma a la llamada Ley Ómnibus a través de la Orden de 21 de Septiembre de 2012 de la Consejería de Justicia e Interior con el fin de hacer referencia en sus estatutos a que la colegiación sería obligatoria en tanto así lo estableciera una ley nacional, no juzgándose necesario hacer referencia al artículo 4 de la Ley 12/2005, de 31 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía que establecía la obligatoriedad de colegiación por estimarse inminente en 2012 la aparición de aquella Ley nacional de colegiación y la derogación de dicho precepto a escala autonómica para establecerse la obligatoriedad de colegiación para ejercer la ingeniería técnica informática en todo el territorio nacional.
Sin embargo, han pasado 14 años y dicha Ley no sólo no ha aparecido, pese a existir plazo de 12 meses, sino que el Gobierno, a requerimiento de esta Corporación, ha contestado que dicha norma ni tan siquiera está en estudio. Ello está provocando una enorme inseguridad jurídica en nuestro ámbito profesional, existiendo numerosas entidades, tanto públicas como privadas que dan por supuesto que no existe obligatoriedad de colegiación en Andalucía para el ejercicio individual de la Ingeniería Técnica en Informática.
La obligatoriedad de colegiación está establecida por Ley
El artículo 4 de la Ley 12/2005 es claro:
“Artículo 4. Obligatoriedad de la colegiación.
Para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico en Informática en Andalucía, será requisito indispensable la incorporación al Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía, sin perjuicio del respeto al principio de colegiación única establecido en la normativa básica estatal en materia de colegios profesionales, así como de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, y de la aplicación de la normativa de la Unión Europea.”
Así mismo, los legisladores andaluces fueron meridianamente claros en su exposición de motivos sobre dicha medida, figurando en el preámbulo de la citada Ley:
“La protección frente a abusos informáticos, el intrusismo profesional y la influencia que la nueva técnica puede ejercer en detrimento de la privacidad del ciudadano hacen indispensable la ordenación de la profesión y su control deontológico, constituyendo las razones de interés público que avalan la creación del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía.”
Por último, suscita la alarma el último escrito remitido por la Directora General de Política Económica del Gobierno de España, Dña. Elena Aparici Vázquez de Parga, indicando que el Gobierno desconoce qué profesiones requieren obligatoriamente de colegiación para su ejercicio, pese a estar en marcha los trabajos de la Comisión Interministerial para las Profesiones Reguladas, llamada a actualizar y modificar el listado de profesiones reguladas en España con arreglo a las últimas directivas europeas.
CPITIA actúa para minimizar la inseguridad jurídica y proteger los derechos fundamentales de la ciudadanía
Cabe recordar que la obligatoriedad de colegiación para ejercer la ingeniería técnica informática emana del artículo 18.4 de la Constitución Española:
«4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos«
En cumplimiento de sus deberes legales y constitucionales tanto la Junta de Gobierno como la Asamblea General del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía aprobaron modificar los estatutos de la entidad. Este proceso ha culminado con la Orden de 8 de febrero de 2023, por la que se aprueba la modificación de los estatutos del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
Así, la Consejería de Justicia aprueba la modificación de los Estatutos del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía, acordada por la Asamblea General Extraordinaria de 16 de diciembre de 2022 y consistente en la inclusión de una disposición transitoria única, cuyo texto se inserta a continuación:
«Disposición transitoria única.
De acuerdo con la disposición transitoria cuarta de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (Ley Omnibus), perdurará la obligatoriedad de la colegiación establecida en el artículo 4 de la Ley Ley 12/2005, de 31 de mayo, de creación del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática, hasta que se produzca la aprobación y entrada en vigor de la ley estatal que determine las profesiones para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación.»
Dicha modificación ha pasado los controles de legalidad oportunos, certificando su publicación en BOJA que, efectivamente, la Ley 12/2005 continúa siendo de aplicación mientras dure la situación de transitoriedad creada por la inacción del Gobierno de España.
Valoración del CPITIA
«Desde CPITIA esperamos poner fin a la controversia de una vez por todas, quedando demostrado que existe obligatoriedad de colegiación para ejercer la ingeniería técnica en informática por Ley, así como que el Gobierno lleva 14 años incumpliendo con el pleno despliegue de la Directiva Europea de Servicios en España. A este respecto se va a actuar judicialmente en muy breve plazo» – señala Pedro De La Torre, Decano del CPITIA.
«No es de recibo que la propia Administración, encargada de cumplir y hacer cumplir las Leyes, más aún cuando afectan a los derechos fundamentales de los ciudadanos, esté haciendo caso omiso del marco normativo. La Informática está presente en todos los aspectos de nuestra vida diaria y afecta a multitud de derechos fundamentales de los ciudadanos, los cuales deben ser protegidos mediante el necesario control de la actividad profesional» – indica De La Torre.
«Cabe recordar que la obligatoriedad de colegiación no es algo novedoso, sino que existe desde 2005, y se está incumpliendo sistemáticamente desde la Administración y la empresa privada. Iniciaremos progresivamente una campaña judicial para exigir responsabilidades civiles y penales a todas aquellas personas y entidades que están incumpliendo las leyes, poniendo en grave riesgo la seguridad y los derechos de la ciudadanía» – concluye De La Torre.