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Comunicado oficial matizando las informaciones de prensa sobre posible caso de intrusismo profesional de Dña. María Begoña Gómez Fernández advertido desde CPITIA. Dicho comunicado se realiza en los términos aprobados por Junta de Gobierno en reunión ordinaria de 14 de Junio de 2024.
CPITIA MATIZA LAS INFORMACIONES DE PRENSA SOBRE POSIBLE INTRUSISMO PROFESIONAL DE DÑA. MARÍA BEGOÑA GÓMEZ
La firma de pliegos de prescripciones técnicas en proyectos de ingeniería informática es competencia exclusiva de la profesión de ingeniero técnico en informática
En Almería a 14 de Junio de 2024
Ante las informaciones periodísticas aparecidas relativas a denuncia/queja de esta Corporación por la posible comisión de un delito de intrusismo profesional posiblemente cometido por Dña. María Begoña Gómez Fernández, el Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía (en adelante CPITIA) desea realizar las siguientes apreciaciones:
IRREGULARIDADES EN LICITACIÓN INFORMÁTICA DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENTE
Desde CPITIA se tiene conocimiento por información periodística de El Confidencial de un “pliego de prescripciones técnicas” de un “software” licitado por la Universidad Complutense. Este pliego habría sido firmado por Dña. María Begoña Gómez, esposa del Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez Pérez-Castejón.
Tras indagar en el portal de contrataciones públicas se constató:
- Que figura Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (Art. 124 LCSP) con firma digital de Dña. María Begoña Gómez Fernández, sin que conste posea titulación oficial que la habilite para el ejercicio de la profesión de ingeniero técnico en informática, única con competencia para suscribir un pliego de prescripciones técnicas en un proyecto informático.
- Que no consta Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (Art. 122 LCSP) en el marco del proceso de licitación controvertido, pese a que la ley obliga a que esté aprobado con carácter previo a la licitación del contrato.
- Que el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares excluye del mismo a los profesionales de ingeniería técnica informática, sustituyéndolos por titulados que carecen por completo de competencias en la materia. Por ello, el contrato suscrito sería NULO DE PLENO DERECHO en virtud del Art. 39.2.a) LCSP, por manifiesta falta de habilitación profesional y capacidad de obrar de la empresa licitadora.
En cumplimiento de nuestros fines y funciones, CPITIA ha procedido a alertar tanto al Consejo General de Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica Informática (CONCITI) como al Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de la Comunidad de Madrid (CPITICM) para que asuman las acciones oportunas, en razón de su competencia territorial, dado que pese a que la licitación ha tenido lugar en Madrid, se ha impedido el ejercicio profesional de todo ingeniero técnico en informática, incluidos los andaluces, en dichos trabajos.
SOBRE LA CONFUSIÓN ENTRE LA PROFESIÓN DE “INGENIERO TÉCNICO EN INFORMÁTICA” E “INGENIERO EN INFORMÁTICA”
Desde CPITIA, una vez más, hacemos un llamamiento a los medios de comunicación y a la sociedad en general, poniendo de manifiesto que las profesiones de ingeniero técnico en informática e ingeniero en informática son completamente diferentes, con distintas competencias y marco regulatorio.
Tanto es así que los actos propios de la profesión de ingeniero técnico en informática están definidos en la Ley 12/1986, de 1 de abril, sobre regulación de las atribuciones profesionales de los Arquitectos e Ingenieros técnicos.
Por el contrario, la profesión de ingeniero informático NO ESTÁ REGULADA por carecer de actos propios, estando pendiente su desarrollo normativo desde 1986, en virtud de su disposición final tercera: “El Gobierno remitirá al Congreso de los Diputados un proyecto de Ley por el que se regularán las atribuciones profesionales de los Técnicos titulados del segundo ciclo.”
El Gobierno incumple su obligación desde hace más de 40 años, lo que constata la urgente necesidad de profunda reforma del marco regulatorio de las ingenierías en España, desfasado y superado por diversa normativa europea. En definitiva, constituye un gran error de apreciación confundir las profesiones de ingeniero técnico en informática (ampliamente regulada) con la profesión de ingeniero en informática, cuya ley reguladora sigue aún pendiente de desarrollo.
EL GOBIERNO AMPARA LA NO APLICACIÓN DE LA NORMATIVA PROFESIONAL
CPITIA dio la alerta en este caso tras tener probado y constatado que el Gobierno de España se niega a aplicar la normativa reguladora de la profesión de ingeniero técnico en informática. A continuación se señalan, a modo resumido, algunos hitos:
- El Gobierno incumple la Ley Ómnibus desde hace 12 años: https://www.cpitia.org/blog/2021/09/28/gobierno-incumple-ley-omnibus/
- Comisión Europea requiere información a CPITIA sobre la regulación profesional: https://www.cpitia.org/blog/2021/12/21/comision-europea-requiere-informacion-regulacion-profesional/
- La Comisión Interministerial de Profesiones Reguladas no se reúne desde hace más de un año: https://www.cpitia.org/blog/2022/04/04/comision-interministerial-profesiones-reguladas-no-se-reune/
- Consejo de Transformación Digital no adopta acuerdo alguno desde que se creó: https://www.cpitia.org/blog/2022/04/25/consejo-de-transformacion-digital-no-adopta-acuerdos/
- Ministerio de Economía desconoce las profesiones que requieren colegiarse para ejercer: https://www.cpitia.org/blog/2022/05/12/ministerio-de-economia-desconoce-profesiones-colegiadas/
- CPITIA remite a Economía el marco jurídico de la Ingeniería Técnica en Informática: https://www.cpitia.org/blog/2022/05/16/economia-leyes-ingenieria-tecnica-en-informatica/
- CPITIA acredita que el Consejo de Transformación Digital es un fraude: https://www.cpitia.org/blog/2022/05/24/consejo-de-transformacion-digital-fraude/
- El Gobierno nunca envió la ley de Servicios y Colegios profesionales al Congreso: https://www.cpitia.org/blog/2022/07/22/gobierno-nunca-tramito-ley-de-servicios-y-colegios-profesionales/
- Requerida el alta de la ingeniería técnica informática en la Base de Datos de profesiones europea: https://www.cpitia.org/blog/2023/08/28/base-de-datos-de-profesiones-europea-alta-informatica/
Desde CPITIA se participa a toda la sociedad que el Gobierno de España conoce ampliamente el marco regulatorio de la profesión de ingeniero técnico en informática así como su deber de cumplir y hacer cumplir la normativa profesional en todos los ámbitos de su competencia, lo que de facto se niega a hacer de forma sistemática y con pleno conocimiento. Tal y como se ha advertido ampliamente, este comportamiento genera una gran inseguridad jurídica, a la par que un brutal perjuicio a los más de 140.000 titulados de ingeniería técnica informática en toda España, suplantados de forma masiva y sistemática en sus funciones por no titulados en actividades que afectan a derechos fundamentales de los ciudadanos y al pleno ejercicio de los mismos en el ámbito digital, por no mencionar la seguridad económica de Administraciones y Empresas o la Seguridad Nacional.
MASIVAS IRREGULARIDADES EN LICITACIONES INFORMÁTICAS CON FONDOS EUROPEOS
Por último, CPITIA desea manifestar que toda esta situación ha desembocado en masivas irregularidades en licitaciones informáticas con fondos Europeos, de los que el caso de la Universidad Complutense es mero ejemplo, que no único. Esta Corporación ha recurrido ya más de una decena de licitaciones informáticas de Junta de Andalucía, por varios millones de euros, estando actualmente judicializadas tres de ellas ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
En todas ellas se produce la exclusión sistemática de los ingenieros técnicos en informática, únicos con competencia legal en la materia, sustituidos por titulados de todo tipo, como licenciados en historia o empresariales. Esta situación puede desembocar en una oleada de contratos de servicios NULOS DE PLENO DERECHO por carecer los licitadores de capacidad de obrar y de habilitación profesional.
Finalmente CPITIA manifiesta que se reserva la opción de elevar causa general a la Fiscalía Europea por masivas irregularidades en contratos de sistemas informáticos en los que intervienen fondos europeos, con los efectos que ello pueda ocasionar.
Lo que por la presente suscribo, en virtud de acuerdo de Junta de Gobierno adoptado el 14 de Junio de 2024
Ilmo. Sr. Pedro De La Torre Rodríguez, Decano