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El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingeniería Informática (CONCITI) ha declarado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid que incoará expediente disciplinario a Eduardo Peris Millán, inicialmente paralizado por posible prejudicialidad penal.
Recurso contra la paralización de expediente disciplinario ante el TSJM
En el día de ayer se dio traslado a CPITIA de escrito de oposición a demanda contenciosa, por parte de CONCITI, interpuesta “contra el Acuerdo del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática, por el que se aprobó la paralización del procedimiento administrativo propuesto por el Sr. D. Pedro de la Torre, hasta la resolución del procedimiento Penal. Acuerdo que se debatió en el punto número 10 del orden del día de la Asamblea del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática que consta en el Acta de la Reunión Ordinaria de la Junta de Gobierno de CONCITI celebrada el 14 de diciembre de 2023”. Dicho procedimiento se dirime en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Procedimiento Ordinario 469/2024.
Desde CONCITI se indica ahora al TSJM que no media ya causa de paralización por prejudicialidad penal, indicando la pérdida de objeto del procedimiento, dado que, al no mediar ya causa de paralización, se procederá a incoar el expediente disciplinario en cumplimiento del acuerdo adoptado por Junta de Gobierno de CONCITI el 14 de Diciembre de 2023. Con ello interesa el archivo de la causa judicial, por pérdida de objeto, dado que el recurso de CPITIA era, precisamente, contra la paralización de la incoación de expediente disciplinario a Eduardo Peris Millán.
Los motivos de la denuncia disciplinaria a Eduardo Peris Millán
La denuncia disciplinaria interpuesta por CPITIA contra Eduardo Peris Millán se basó en los siguientes puntos:
PRIMERO.- El 12 de Mayo de 2023 fue interpuesta ante el Juzgado de Instrucción nº 4 de Almería, en funciones de guardia, denuncia contra el entonces presidente de CONCITI, D. Eduardo Peris Millán, por posibles delitos de falso testimonio, prevaricación administrativa omisiva y omisión del deber de perseguir delitos.
SEGUNDO.- Los hechos que originan la denuncia contra D. Eduardo Peris Millán se remontan a denuncia por intrusismo profesional interpuesta ante CONCITI el 30 de Agosto de 2020, en cumplimiento de la circular publicada el 29 de Abril de 2020 en la web del Consejo General y trasladada a todos los colegios que lo integran. Dicha publicación puede examinarse en la URL: https://www.conciti.org/2020/04/29/el-consejo-general-de-colegios-oficiales-de-ingenieria-tecnica-en-informatica-recuerda-que-solo-se-puede-ejercer-como-perito-informatico-si-se-tiene-la-titulacion-de-ingenieria-informatica/
El mencionado comunicado se tituló “El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática recuerda que sólo se puede ejercer como Perito Informático si se tiene la titulación de Ingeniería Informática” y su contenido literal es:
“El Consejo General de Colegios Oficiales de Ingeniería Técnica en Informática, que aglutina a todos los Colegios de Ingeniería Técnica en Informática y Grado en Ingeniería Informática de todo el territorio nacional, ante el elevado número de Centros Educativos que están ofertando cursos para ejercer como Perito Informático, quiere recordar que sólo se puede ejercer si se tiene la titulación de Ingeniería Técnica en Informática o Ingeniería Informática, en caso de las titulaciones previas a Bolonia, y Grado en Ingeniería en Informática, en caso de las titulaciones actuales.
A su vez, para ejercer como Perito Judicial es necesario, además de alguna de las titulaciones mencionadas anteriormente, es recomendable tener un Seguro de Responsabilidad Civil.
El Consejo General quiere manifestar la gravedad de todo aquél que ejerza sin tener la titulación habilitante, ya que estaría incurriendo en un delito de intrusismo profesional tipificado por el artículo 403 del Código Penal”
TERCERO.- En cumplimiento de dicho mandato del CONCITI, se procedió a denunciar ante Eduardo Peris Millán a un perito sin titulación , por intrusismo profesional, dado que estaba probado que carecía de ninguno de los títulos referidos en el comunicado emitido por CONCITI e intervino como perito informático en la Audiencia Nacional. Dado el pasado conflictivo del Sr. Peris Millán tanto con CPITIA como con su Decano, haciendo caso omiso de todo documento remitido por éstos a CONCITI, se optó por hacer pública dicha denuncia para ejercer presión y que se tramitara.
CUARTO.- Ante la absoluta inacción del Sr. Peris Millán, que ocultó de forma deliberada y consciente al resto de la Junta de Gobierno de CONCITI y a la Asamblea General la denuncia interpuesta contra el falso profesional, éste último se querelló penalmente contra el Decano del CPITIA por delito de calumnias. Más aún, citó como testigo al Sr. Peris Millán, que no sólo no defendió la profesión actuando contra el intrusismo profesional, sino que declaró a favor del querellante que la profesión de ingeniero técnico en informática no está regulada y que no existe norma alguna referente al ejercicio profesional como perito informático, omitiendo el comunicado remitido desde CONCITI y lo que en él trasladaba a los demás colegios que lo integran, así como la realidad de la profesión: que existe obligación legal de poseer la titulación oficial habilitante para actuar como perito informático.
Pese a que se le dio expresamente plazo de retractación respecto a lo declarado, el Sr. Peris Millán no atendió a la misma. Fruto exclusivo de su declaración, el Sr. Pedro De La Torre Rodríguez, Decano del CPITIA, ha sido formalmente imputado por delito de calumnias por sostener que el falso profesional ha cometido delito de intrusismo profesional, por carecer de las titulaciones que señala CONCITI en su comunicado. Por ello se solicita contra el Decano pena de un año de prisión y el abono inmediato de una fianza de 26.666€, a abonar solidariamente por CPITIA y su Decano, a la espera de señalamiento de la vista oral para su enjuiciamiento en juzgado de lo penal de la ciudad de Madrid. También provocó la dimisión del Sr. De La Torre Rodríguez como Vocal de CONCITI ante la enorme gravedad de los hechos.
Incoación de expediente disciplinario a Eduardo Peris Millán
En atención de lo declarado por CONCITI ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, se iniciará la incoación del expediente disciplinario por no mediar ya causas de paralización, habiendo notificado a CONCITI desde CPITIA la personación, en calidad de perjudicados, tanto de CPITIA, como de su Decano, D. Pedro De La Torre Rodríguez, por los graves daños causados por éste.
Valoración del CPITIA
«No es de recibo que se mienta en sede judicial sobre los requisitos para ejercer la profesión o sobre la propia existencia de esta, con tal de ocasionar daños a un Colegio y su Decano, dejando a la totalidad de la profesión a los pies de los caballos. Más aún cuando la postura del propio Eduardo Peris Millán y de la totalidad del Consejo General era la contraria, tal y como figura en la circular emitida» – señala Pedro De La Torre, Decano del CPITIA
«El expediente disciplinario se iniciará a la mayor brevedad, según lo expresado al Tribunal. En caso contrario, CONCITI habría mentido al Tribunal Superior de Justicia de Madrid con la única intención de que se archivara la causa por pérdida de objeto. Ello sería doblemente grave, tanto por mentir a un Tribunal de Justicia como por no depurar responsabilidades ante el apoyo al intrusismo profesional por parte de Eduardo Peris Millán, movido únicamente por su odio personal. Los hechos son de la máxima gravedad y no pueden quedar impunes.» – concluye De La Torre.