Web oficial del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía

Deontología profesional

Etica profesional

El código deontológico es el compromiso ético y moral con la sociedad y demás sectores del entorno de los profesionales de ingeniería técnica en informática colegiados en el Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía.

Las circunstancias particulares y la interpretación personal de este código deben servir para guiar las actuaciones de los colegiados. El respeto al espíritu o esencia de este código, permitirán crear una conciencia social y una valoración de la profesión reclamadas históricamente.

Son principios fundamentales de las normas deontológicas de conducta de la Ingeniería Técnica en Informática de Andalucía, los siguientes:

  • Independencia en el ejercicio de su profesión.
  • Dignidad. Actuar conforme a la dignidad de la profesión, absteniéndose de todo comportamiento que suponga infracción o descrédito. Debe ejercer la profesión con una conducta irreprochable, guiada por la responsabilidad y rectitud.
  • Integridad. Debe ser honesto, leal, veraz y diligente en el desempeño de su función, y en la relación con sus clientes, compañeros y Tribunales (si fuera el caso).
  • Bienestar público. Se considerará como primordial la seguridad, salubridad y bienestar público.
  • Secreto profesional. La confidencia y la confianza son esenciales características de las relaciones con clientes, colegas y Tribunales (si fuera el caso), que imponen el deber del secreto profesional, que buscará guardar de todos los hechos y noticias de que conozca por razón de cualquiera de las modalidades de su actuación profesional, así como de informaciones técnicas, económicas y de carácter personal que obtenga durante su actuación, siempre y cuando no exista justificación legal en contra. Este secreto profesional subsistirá aun después de finalizar sus relaciones con el cliente o con la persona que lo hubiese generado.
  • Interés del cliente. En el desempeño de las actividades profesionales contratadas velará por la satisfacción de los intereses del cliente, siempre que tales intereses no entren en conflicto con el interés público y/o la legislación vigente.
  • Respeto a los derechos humanos. Se tratará con respeto a todas las personas sin distinción y se cumplirá con los derechos humanos, velando por su protección.
  • Responsabilidad. Deberá desarrollarse la labor con sentido de responsabilidad y aceptar a su vez la responsabilidad total por el trabajo realizado, admitiendo sus propios errores sin alterar ni distorsionar hechos o desviar culpas.
  • Compañerismo. Mantendrá relaciones de respeto, afecto, solidaridad y colaboración con los compañeros de profesión.
  • Prestigio. Apoyará todo lo que redunde en beneficio y prestigio de la profesión, y no contradiga sus deberes deontológicos.
  • Función social. Como partícipe de la evolución de la sociedad de la información orientará sus actuaciones al impulso de la misma y al servicio de la Sociedad y su correcto desarrollo tecnológico.
  • Defensa de la legislación. El colegiado debe cumplir y velar por el cumplimiento de todo el ordenamiento jurídico de aplicación en su trabajo.
  • Prudencia y adecuación en la aplicación de instrumentos y técnicas. Deberá buscarse la solución tecnológica más adecuada a las necesidades funcionales y presupuestarias del cliente
  • Neutralidad técnica. El colegiado deberá evitar la imposición de tecnología o técnicas de trabajo que no se correspondan con las necesidades funcionales y presupuestarias del cliente o que puedan colisionar con el interés público.
  • Solidez, de la fundamentación objetiva y científica de sus actuaciones profesionales.

La deontología profesional es de obligatoria observancia en la prestación de servicios de los profesionales colegiados, constituyendo un complemento adicional de garantía añadida a cualesquiera otras cláusulas contractuales.

Puede examinar el Código Deontológico completo aquí