Web oficial del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía

Código ético de los cargos orgánicos del CPITIA

codigo-etico

Todas las personas que integran la estructura del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía están sujetas al siguiente código ético:

  1. En relaciones con terceros indicarán siempre su nombre y su grado de representación en el Colegio o que trabajan para él; declararán los intereses, objetivos o fines que persiguen y, en su caso, especificarán que actúan en nombre de terceros a través del Colegio.
  2. No obtendrán ni tratarán de obtener información o forzar decisiones de forma deshonesta o recurriendo a una presión abusiva o a un comportamiento inadecuado;
  3. En sus acciones de representación del Colegio no darán a entender, en su trato con terceros, que tienen una relación formal con la Administración Pública, a cualquier nivel, o cualquiera de sus instituciones, ni falsearán información suministrada a la Administración Pública de forma que puedan inducir a error a terceros o a los funcionarios y otros agentes de las instituciones públicas;
  4. Se asegurarán de proporcionar, en el marco de sus actividades orgánicas, información que, por lo que les consta, es completa, actualizada y no engañosa;
  5. No venderán a terceros copias de documentos obtenidos de una Administración Pública, de cualquier ámbito;
  6. No incitarán a los miembros de la Administración Pública, a los funcionarios u otros agentes, a los asistentes ni a los becarios que trabajan para dichas administraciones a infringir las normas y las reglas de comportamiento que les son aplicables;
  7. Respetarán, cuando empleen a personas que hayan sido funcionarios u otros agentes de la Administración Pública o asistentes o becarios de miembros de las instituciones públicas, la obligación que tienen dichas personas de cumplir las normas y las exigencias en materia de confidencialidad que les son aplicables;
  8. Respetarán toda norma establecida sobre los derechos y las responsabilidades de los antiguos miembros de las Cámaras Legislativas y antiguos miembros de Órganos Ejecutivos de la Administración Pública;
  9. Informarán a todas las personas que representen de sus obligaciones para con las instituciones públicas, usuarios y consumidores.
  10. Se abstendrán de participar activamente en nombre del Colegio en cualquier asunto en el que tengan intereses personales.

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